Boletín diciembre 2020

NOVEDADES EN REGULACIONES DAN REPUESTA A EVENTOS QUE RETAN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES


La pandemia ha transformado la forma en que trabajamos y estar vivos ha pasado a ser la prioridad. Sin embargo, en medio del encerramiento, el incendio en una planta de gas en Licey, un derrame de cal en el 12 de Haina y los riesgos laborales del trabajo desde casa han puesto a pensar a los prevencionistas en que tenemos mucho trabajo además de cuidarnos del COVID 19. Si crees que estas cosas no tienen que ver contigo repasemos 3 regulaciones salidas en los últimos meses que pueden hacerte cambiar de opinión:


EVALUACIÓN DE RIESGOS PARA LOS CONSUMIDORES DE COMBUSTIBLE

La Resolución 218-2020 del MICM del 11 de agosto del 2020 sobre el registro nacional de depósitos y terminales de almacenamiento de combustibles aplica a las empresas que tengan almacenado más de 2000 galones de combustibles líquidos (gasolina, gasoil, fuel oíl, etc.), GLP y/o 100 m3 de Gas Natural. Da un plazo de 6 meses para hacer el registro y lista los documentos a presentarse, la cual incluye la evaluación de riesgos de la instalación.   El plazo vence el 11 de febrero del 2020.

 
RESPUESTA A EMERGENCIAS ES RESPONSABILIDAD DE TODA LA CADENA

Mediante resolución 20-2020 el Ministerio de Medio Ambiente puso en vigencia el Reglamento Técnico Ambiental para la Gestión de Sustancias y Desechos Químicos Peligrosos, el cual modifica el anterior del año 2006. Varios de sus aspectos envuelven la seguridad y la respuesta a emergencias: obliga a requerir las hojas de seguridad de materiales, la capacitación al personal, el etiquetado a la “NORDOM 13:2- Sistema Globalmente Armonizado. Parte 2: Comunicación de Peligros”, planes de emergencia para el almacenamiento y transporte, desarrollar un plan de gestión y comunicación de riesgos, cumplir con el reglamento R-32 de Protección Contra Incendios. También a notificar las emergencias ocurridas en el transporte, llevar registro de las emergencias ambientales y reportar las mismas en los informes de cumplimiento ambiental (ICA), tener personal certificado en materiales peligrosos y gestión de riesgos y el uso del libro naranja del Departamento de Transporte (DOT) para gestión de emergencias.

EL TELETRABAJO TENDRÁ QUE SALIR DEL CLARO-OSCURO

La 23-20 del Ministerio de Trabajo puso en vigencia la regulación del teletrabajo, como modalidad de trabajo a distancia haciendo uso de herramientas vinculadas a las tecnologías de la información y comunicación. Propone la conciliación de la vida laboral y familiar, la desconexión digital, como el derecho de no contestar requerimientos y/o mensajes fuera de su jornada habitual de trabajo y el teletrabajo será voluntario. Responsabiliza al empleador proveer los equipos y asumir los costos operativos, el pago de horas, el cumplimiento con las condiciones de higiene y seguridad, la información de los riesgos y las medidas preventivas adoptar. La entrada en vigencia de la resolución será 30 días a partir de la fecha de su publicación, ósea, el 12 de diciembre del 2020.

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